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Encuentro con Ana Clara Villanueva por el Nuevo Fuero

El pasado 16 de octubre entró en vigor el Fuero Nuevo Navarro. Una ley aprobada por unanimidad hace unos meses en el parlamento foral. El objetivo de dicha norma fue actualizar el Fuero al siglo XXI. El Fuero se fundamentaba sobre la casa, ahora se abre a las nuevas realidades de la familia, parejas estables, parejas de hecho, monoparentales, etc. manteniendo los principios de libertad civil y el pacto. Además, se analiza las situaciones de vulnerabilidad de la persona y se trata de dar solución jurídica para evitar interpretaciones judiciales variadas de la norma anterior. Se profundiza en la igualdad entre hombres y mujeres y también entre descendientes. Se protege a los menores en caso de ruptura de la pareja. El matrimonio puede pactar distintos regímenes. Otros tipos de parejas pueden acogerse al estatuto jurídico del matrimonio si así lo desean. Se abren nuevas posibilidades para compartir bienes entre las personas, sobre este tema se debatió al final de la ponencia, ya que están por ver las consecuencias fiscales que tendrá dicha relación. Sobre los deudores y la cesión de créditos también se ha legislado. Un deudor de una hipoteca que acaba comprando a bajo precio un fondo buitre puede ajustar su deuda al precio que haya sido vendida al fondo buitre más los gastos e impuestos que le correspondan. Se reducen las cargas por transmisión de la empresa familiar y de la casa.

Se establece el poder preventivo que sirve para que antes de perder las capacidades personales se exprese la voluntad de la persona sobre temas como a quién delegar sus bienes y demás. En caso de familiares con discapacidad se facilita la posibilidad de separar un bien para ese familiar y también puede dejarse indicado que dicho bien vuelva a la familia después del fallecimiento del discapacitado.

Se crean las comunidades de ayuda mutua, por las que dos personas sin parentesco ni relación afectiva pueden llegar a acuerdos para llevar una vida en común compartiendo bienes y servicios. También se pueden acordar hipotecas inversas entre particulares, seguros de cuidados y de salud, etc. Todo ello para facilitar el cuidado de personas en su ancianidad.

Se mantiene la libertad para testar de los navarros. Se puede dejar sin herencia a un hijo por alguna causa. Sobre el usufructo de viudedad que disfruta el cónyuge toda su vida, este se puede sustituir por una renta. También se establece que ese usufructo respete a lo dispuesto para un discapacitado familiar. Los hijos de anterior matrimonio no tienen prioridad respecto a otros hijos, discapacitados o no, pero se deja el derecho de alimentos con los limites de la atribución hereditaria, a los hijos menores e incluso mayores de edad que vivían en la casa.

Se ha protegido la capacidad de testar en intervalo lúcido. Y se adelanta la nulidad del testamento de hermandad al momento en el que se solicite el divorcio y no cuando haya sentencia firme, como ocurría anteriormente.

El encuentro terminó con un aplauso cerrado de los asistentes después de 25 minutos de preguntas en las que se trató de profundizar en los aspectos técnicos del Nuevo Fuero.

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